Los
animales ante la ley
Ya he escrito alguna vez sobre los
llamados “derechos de los animales”, y sin repetirme mucho puedo decir que, si
consideramos que los “derechos” son una creación humana, podemos otorgárselos a
quien queramos, pero es evidente que cuando hablamos de los derechos de los
animales no aludimos a lo mismo que cuando nos referimos a derechos humanos. Los
animales no tendrían derecho a la libertad de expresión, la libertad religiosa
o a la huelga, por decir algo, y ni siquiera estrictamente a la vida, pero sí a
la protección. Los derechos humanos derivan de la dignidad, lo que implica el
mandato de no instrumentalización, es decir, en el sentido kantiano, de
considerar a una persona siempre un fin en sí mismo y nunca un medio. Mientras
que los animales serían protegidos bajo una pauta de evitar cualquier daño
innecesario, gratuito o desproporcionado, pero todos sabemos que en ocasiones
puede ser necesario incluso su sacrificio. Entendiendo bien las cosas, desde
luego nadie podrá encontrar ni una sola línea que yo pueda escribir en contra
de esta idea de la protección, e incluso del bienestar animal, y creo que el
mandato al que me he referido debería admitir una cierta aplicación general.
En el caso de los llamados “animales
de compañía”, la relación con el ser humano es particularmente intensa, y
también puede llegarse a un nivel de exigencia mayor, ya que sin llegar a ser
humanos, no deberían ser instrumentalizados más allá de lo que, entre animales
y humanos o incluso entre humanos, pueda tener de “instrumentalización” esa
comprensible búsqueda de compañía y cariño, casi siempre más incondicional en
los animales de compañía que en los humanos. Quienes hemos trabajado en la
educación de un perro sabemos que en su comportamiento hay un origen
“interesado”, en la medida en que responden y aprenden conductas en espera de
una recompensa, aunque esta pueda ser finalmente la caricia o el gesto de
cariño del amo, y esto es algo más de lo que podemos decir de algunos humanos. Así
que solo puedo estar a favor de que la normativa, incluyendo la nueva ley que
ahora está a punto de aprobarse, prohíba el abandono y el maltrato de los
animales de compañía, y sancione las conductas que claramente supongan un
comportamiento de este tipo. A partir de ahí… hay una serie de requisitos no
siempre muy necesarios, de condiciones y obligaciones para criadores y
propietarios a veces cuestionables, y de incomprensible aversión al comercio,
difícil de justificar. A un animal no le importa si tú pagaste por él, ni que
le dejes en uno u otro lugar de la casa (siempre que sea en condiciones de
bienestar), sino que le trates con cariño.
(Fuente de la imagen: https://www.cope.es/actualidad/vivir/noticias/ley-bienestar-animal-que-consiste-como-afecta-mascota-cazadores-20230209_2541608 )
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