jueves, 30 de mayo de 2019

¿Reformar la ley electoral de Castilla-La Mancha?

¿Reformar nuestra ley electoral?




            Después de cada proceso electoral, se prodigan los comentarios, tanto políticos como académicos, sobre los efectos del sistema electoral. Hace muy pocas semanas he escrito sobre este tema con carácter general, pero es verdad que en Castilla-La Mancha el sistema tiene algunas peculiaridades que justifican un comentario específico. Desde hace años me he dedicado al tema, pero los resultados actuales enfatizan alguna de esas peculiaridades, en particular por el hecho de que partidos en torno a un 7% de los votos, como Vox y Podemos, hayan quedado fuera de la asamblea autonómica, lo que no suele suceder en otras Comunidades Autónomas ni en el Congreso. Como no me gusta ser reiterativo y muy último deseo es cansar o aburrir a mis lectores, me limitaré a recapitular telegráficamente algunas ideas, y luego a hacer una reflexión de futuro. Voy a ello. 

 
1. No es por presumir, pero lo escribí incluso antes de que lo dijera el Tribunal Constitucional: nuestra ley electoral es conforme a la Constitución, ya que no atenta al concepto de proporcionalidad perfilado por el propio Tribunal, y por tanto cualquier resultado es plenamente legítimo. 2. La ley de Castilla-La Mancha provoca algunos efectos comunes a todos los sistemas basados en la regla d´Hondt con reparto en circunscripciones no muy amplias, y otros efectos adicionales. 3. Entre los primeros, está la tendencia a la sobrerrepresentación de los partidos más votados, y más cuanta más distancia en votos tienen con los siguientes. Por ejemplo, en este caso, con el 44% de los votos, el partido ganador ha obtenido mayoría absoluta muy holgada, en realidad más del 57% de los escaños en liza (premio que equivale casi al porcentaje de votos que han ido a las dos opciones más importantes sin representación parlamentaria). Esto es, en cierto modo, “normal”, aunque no lo será si lo que se busca como objetivo prioritario es un sistema estrictamente proporcional, ya que existen diversos sistemas conocidos que pueden resolver perfectamente esa sobrerrepresentación. 4. Entre los segundos, específicos de nuestra ley, está lo que podríamos denominar un cierto efecto de “barrera implícita” superior a la legal del 3%. No se puede fijar con precisión cuál es esa barrera implícita, además más alta en unas provincias que en otras, pero en general -y los resultados de 2015 y 2019 lo confirman- un partido que no concentre gran parte de sus votos en una o pocas circunscripciones, tendrá casi imposible el acceso a un solo escaño si no se sitúa algo por encima del 9% de los votos totales. 5. En fin, la reflexión final hacia el futuro: como los partidos que han obtenido escaño no son los perjudicados, siempre está el riesgo de que olviden de nuevo la reforma electoral. Y como pasamos a una mayoría absoluta, también está el riesgo de que se produzca una reforma electoral, pero sin consenso y sin mejorar lo que es mejorable. Para imponer algo o para empeorar, mejor dejarlo como está. Pero se abre una nueva oportunidad para hacer una buena reforma con el acuerdo de todos, y sería bueno aprovecharla.  

(Fuente de las imágenes: https://www.lavanguardia.com/elecciones/autonomicas-castilla-la-mancha-2019 y archivo propio).

jueves, 23 de mayo de 2019

Lo juro por Snoopy

Lo juro por Snoopy



Uno de mis primeros trabajos jurídicos, escrito hace ya más tiempo del que me gustaría reconocer (y, desde luego, en el siglo pasado) versaba sobre la exigencia de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución, y llevaba a cabo un análisis de la entonces relativamente reciente jurisprudencia constitucional sobre el requisito. Esa jurisprudencia, que básicamente sigue hoy vigente, se sintetiza en dos ideas: 1) esa exigencia no es inconstitucional, pues no añade nada a una obligación que deriva directamente de la Constitución, y que es simplemente acatarla, lo que es perfectamente compatible con estar en desacuerdo con alguno de sus aspectos; 2) la libertad ideológica permite acompañar a la fórmula del juramento o promesa algún tipo de comentario explicativo, siempre que no condicione el sentido del acatamiento, y tal sería el caso de la coletilla “por imperativo legal”, fórmula que a pesar de su sentido político, no supone un condicionamiento, y por tanto es válida. Yo creo que la obligación de expresar formalmente un acatamiento es quizá algo adicional al propio deber de acatar, pero de momento, esta jurisprudencia es lo que tenemos. 

Visto lo visto en los últimos tiempos, y sobre todo en la última sesión constitutiva en el Congreso y en el Senado (y no quiero ni imaginarme lo que nos puede quedar por ver tras las elecciones locales y autonómicas) me gustaría añadir alguna reflexión. En primer lugar, el Tribunal Constitucional no dijo que sirviera cualquier fórmula, sino solamente aquellos añadidos no condicionantes. No estoy para nada seguro de que todas las fórmulas que hemos escuchado esta semana cumplan ese requisito. Por ejemplo, jurar o prometer  “por el mandato del 1 de octubre” implica colocar por encima de la Constitución un acto manifiestamente inconstitucional, y además así declarado por el propio Tribunal Constitucional, y utilizarlo como coartada para incumplir la propia norma fundamental cuando se quiera (y creo que para llegar a esta conclusión no hace falta ningún tipo de intención torticera o retorcimiento interpretativo). En segundo lugar, aun siendo de alabar la intención garantista que llevó al Tribunal Constitucional a establecer ese criterio jurisprudencial, me parece que el espectáculo circense y ridículo en que se ha convertido la manifestación del acatamiento (ya solo falta que alguien “jure por Snoopy”) debería evitarse en el futuro, porque si algún sentido tiene el juramento o promesa es el de constituir un acto formal y solemne, que iguala a las muy diferentes opciones políticas en un único punto: todas tienen que (no es opcional) aceptar la Constitución como marco, como punto de partida, incluso como procedimiento único para el cambio, si lo que se defiende es un cambio. Lo que ahora tenemos es un acto carente de toda formalidad, un conjunto de chascarrillos, explicaciones más o menos ingeniosas, o condicionamientos abiertos que relativizan el propio sentido del acatamiento. Así que solo veo dos opciones para evitar este lamentable espectáculo contrario al sentido último que se busca con esta obligación: o suprimir por completo el requisito de la expresión formal (que no es una exigencia que imponga la Constitución), o, para cumplir con la jurisprudencia constitucional sin perder la formalidad del acto, imponer una única fórmula en la expresión oral (con la obvia alternativa entre jurar y prometer), permitiendo que por escrito se expresen las explicaciones o fundamentos que se deseen, siempre, desde luego, que en ellos no exista ningún tipo de condicionamiento al sentido del acatamiento; lo que, en caso de conflicto, deberán decidir en primer lugar los órganos rectores de la cámara, y en último término el propio Tribunal Constitucional. 


(Fuente de la imagen: https://www.elperiodico.com/es/politica/20190521/juramento-politicos-presos-electos-7465735)

jueves, 16 de mayo de 2019

Ecologistas de tuit y mitin

Ecologistas de tuit y mitin



            A lo largo de mi vida, he podido ir comprobando cómo las diferencias que hace décadas nos separaban, en demasiados aspectos, de los países más avanzados de Europa, se han ido mitigando hasta desparecer en gran cantidad de ámbitos. Lamentablemente, creo que queda alguna que se resiste. Me refiero en concreto a los aspectos medioambientales, y en particular a la menor conciencia medioambiental que veo (siempre generalizando, con lo que ello pueda tener de injusto) en España, si nos comparamos con los países nórdicos y otros mucho más avanzados en esta materia. Nuestra Constitución protege el derecho de todos “a disfrutar del medio ambiente”, pero también el deber de conservarlo. Y nuestras leyes desarrollan razonablemente este mandato, pero… otra cosa es la conciencia medioambiental, en el sentido de la asunción profunda de ese deber, y de lo que cada uno ha de hacer para contribuir a esa preservación. Como exigir se nos da muy bien, y además las modas se extienden rápido, tenemos muchos “ecologistas de tuit”, y también de “pancarta y manifa”, siempre dispuestos a reclamar con contundencia a gobiernos y grandes empresas medidas que impidan o reviertan el cambio climático, la deforestación o la extinción de especies de seres vicios. Y eso está bien, pero no estoy seguro de que todas esas personas lleven a cabo en su vida pautas sencillas para contribuir a esa protección medioambiental. De lo contrario, nuestras calles y nuestros espacios naturales estarían mucho más limpios. Algunas de esas pautas requieren un mínimo conocimiento -por ejemplo, las relativas al reciclaje o al ahorro de papel-, pero otras son de una obviedad tan palmaria, que parece increíble que se incumplan de forma tan generalizada. Basta ver, por poner un ejemplo toledano, cómo queda el Valle, cada año, después de nuestra romería más importante. O sentir la vergüenza ajena de ver residuos plásticos de todo tipo en paisajes especialmente protegidos, e incluso en parques nacionales. Pero igualmente dañino es verlo en la calle o en el parque. El medio ambiente empieza en tu casa y en tu ciudad, pero muchos parecen ignorarlo. 



     Lamentablemente, no parece que nuestros partidos políticos o sus líderes sean mucho más coherentes. Les encanta hacer proclamas ecologistas, pero su actuación sigue dejando de lado prácticas elementales. Ahora que estamos en campaña, lo comprobamos especialmente. En plena era digital, nuestras calles se inundan de carteles físicos. Y mucho peor, nuestros buzones se saturan de ingentes cantidades de papel con cartas, sobres y papeletas, de los cuales, en el mejor de los casos, emplearemos uno, que podemos obtener fácilmente en la propia mesa electoral. El colmo son esos libros lujosamente encuadernados, que antes los gobiernos, y ahora al menos los partidos que han gobernado (pero que también se financian con el dinero de todos), editan y distribuyen para hacernos llegar los numerosos logros que han conseguido. Pues no es uno de ellos el predicar con el ejemplo prácticas respetuosas con el medio ambiente, considerando que gran parte de esos ejemplares que tanto papel y tinta han gastado, acabarán en la basura. Al menos, no olvidemos reciclarlos adecuadamente. Nuestros políticos son ecologistas de tuit… y de mitin, pero pocas veces de prácticas coherentes con lo que predican. 


(Fuente de las imágenes: https://www.diariodeleon.es/noticias/castillayleon/plan-libera-limpiara-basura-espacios-naturales_1298779.html y https://elmira.es/09/03/2019/pasos-a-seguir-para-dejar-de-recibir-propaganda-electoral-al-buzon/)

martes, 7 de mayo de 2019

El líder de la oposición

El líder de la oposición





            Jurídicamente, no hay en España nada parecido a un estatus de “líder de la oposición” o “jefe de la oposición”. Es verdad que el término se ha venido utilizando habitualmente desde nuestras primeras legislaturas constitucionales, pero ni la Constitución ni el Reglamento del Congreso perfilan ningún tipo de prerrogativa o facultad específica. Incluso cabe apuntar que el concepto de oposición puede admitir matices, pues si bien es cierto que el partido o partidos que conforman el Gobierno quedarían por definición fuera de este concepto, más dudoso sería si aquellos partidos que apoyaron la investidura del presidente pero no entran en el Gobierno son o no realmente oposición (lo cual puede depender de si hay o no un pacto de legislatura). En cualquier caso, la reglamentación y la costumbre conducen a un cierto orden en los debates importantes, que da prioridad  a los portavoces de la oposición, de mayor a menor representación, y finalmente el partido del Gobierno. Fuera de esto, lo de quién sea “oficialmente” el líder de la oposición no tiene mucha trascendencia jurídica, más allá del ámbito protocolario (el Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado, menciona al “Jefe de la Oposición” en el puesto 15 en los actos oficiales en la villa de Madrid, y en el puesto 16 en otros). Fraga Iribarne, quizá influido por el constitucionalismo británico, consiguió en su día un cierto reconocimiento formal como líder de la oposición a través de un acuerdo de la Mesa del Congreso, pero tampoco implicaba ninguna prerrogativa sustantiva.

            Llamaría la atención, por tanto, tanto debate para saber a quién debemos reconocer en la legislatura que va a nacer como “líder de la oposición”, mucho más cuando, en un sistema de cuasi atomización parlamentaria, tiende a diluirse incluso el mayor peso del principal grupo de la oposición sobre los demás. Pero quizá por eso, y por el innegable carácter simbólico que podría tener ese reconocimiento, la cuestión parece ser polémica por primera vez en cuatro décadas. Dicho lo anterior, y vista la casi nula significación jurídica de esta figura, lo único que es indudable es que, si alguien ha de ostentar este reconocimiento, ha de serlo, inequívocamente, el líder del grupo (excluido el o los que forman Gobierno) que tiene más escaños en el Congreso (y por cierto, también más votos, y también más escaños en el Senado). Lo que alguien ha crecido o descendido es absolutamente irrelevante a estos efectos, como no puede ser de otro modo. Quizá alguien se ha “venido arriba” o anda un tanto sobrerrevolucionado, pero sea lo que sea ser líder de la oposición, en este momento ese puesto le corresponde a Pablo Casado.  

(Fuente de las imágenes: https://www.las2orillas.co/verdadero-partido-oposicion/ y https://es.wikipedia.org/wiki/L%C3%ADder_de_la_oposición_(España))

jueves, 2 de mayo de 2019

Otra vez el sistema electoral

Otra vez el sistema electoral





            Cada uno cuenta la feria como le ha ido en ella, y después de cada proceso electoral, entre quienes no han ganado encontramos siempre dos tipos de actitudes: o tratar de minimizar el significado de la derrota, destacando lo positivo, el crecimiento de escaños o “el vaso medio lleno”, o tratar de explicar esa derrota, o su magnitud, por causas externas, entre las que el sistema electoral ocupa casi siempre el protagonismo. Es muy curioso como muchos que en su día lo criticaron, ahora han cambiado su objetivo, y así, quienes no hace tanto hicieron del lema “no nos representan” una especie de mantra que centraba todos los problemas en nuestro sistema electoral (y hace todavía menos llamaban a movilizarse frente a la actuación de un Parlamento recién elegido), ahora no ven problema alguno en él, sino que más bien centran sus críticas en el hecho de que los representantes -ahora sí, al parecer democráticamente elegidos- mandan menos que otros “poderosos”, en especial los banqueros y las empresas energéticas, que son hoy la causa de todas las injusticias y déficits de nuestro sistema. Pero, a cambio de eso, hoy son otros los que se quejan de los problemas de nuestro sistema electoral, señalando especialmente dos efectos que produce: penaliza la dispersión del voto entre diversos partidos que más o menos pueden compartir una amplia franja ideológica; y penaliza también a los partidos minoritarios que reparten sus votos de forma más o menos homogénea en todo el territorio nacional, “perdiendo” de algún modo una parte significativa de los sufragios.

            Ya he escrito sobre este tema en varias ocasiones en este mismo espacio (por lo demás, poco adecuado para reflexiones profundas), y no me gusta repetirme, pero sé que parte de mis lectores esperan mi comentario objetivo sobre esta cuestión. Lo haré sintéticamente, diciendo solo tres ideas: 1) la queja tiene fundamento, pues es cierto que nuestro sistema (no tanto la regla D´Hondt, sino sobre todo su combinación con el tipo de circunscripciones que tenemos en el Congreso) produce esos efectos, que en este caso han hecho que cada escaño haya “costado” muchos más votos a Vox o Podemos (pero también a Compromís) que al PSOE (pero también le ha salido “barato” a Navarra Suma, al Partido Regionalista de Cantabria, Bildu o el PNV). 2) Es verdad que esto se sabe desde siempre, y no se cambia nunca, y ello obedece a que los que más votos obtienen en toda España, siempre salen beneficiados, y la mayoría de los nacionalistas también, con lo cual los que podrían impulsar el cambio pierden interés en hacerlo. También son perfectamente conocidas diversas alternativas que darían resultados mucho más proporcionales, desde la circunscripción única (o al menos una circunscripción autonómica) hasta sistemas con doble lista. En todo caso, el otro efecto -la penalización de la dispersión del voto- también se puede evitar, o al menos mitigar, si las fuerzas más afectadas se hubieran presentado en coalición preelectoral, y esto era perfectamente conocido. Normalmente, cuando esta unión no se produce, tienden a hacerla los electores con el tiempo, como parece que está empezando a pasar en el arco de la izquierda. 3) Las legítimas críticas al sistema, nunca pueden desembocar en un intento de deslegitimarlo. Primero, el sistema refleja las reglas que todos nos hemos dado. Segundo, es perfectamente equiparable a muchos otros de nuestro entorno. Tercero, a la larga ha demostrado su eficacia, pues sin cambio ninguno, ha permitido desde el bipartidismo imperfecto hasta la atomización actual, y desde luego la alternancia razonable. Después de todo, no será tan malo…

(Fuente de las imágenes: https://www.europapress.es/nacional/noticia-resultados-elecciones-generales-2019-oficiales-20190428200117.html

 http://www.rtve.es/noticias/20190429/cuantos-votos-costado-escano-cada-partido/1929603.shtml

https://www.abc.es/elecciones/elecciones-generales/abci-derecha-habria-logrado-mayoria-absoluta-si-hubiera-estado-unida-201904291102_noticia.html )