jueves, 7 de octubre de 2021

Confianza mutua

 

Confianza mutua

 


            La Unión Europea supone un largo, lento y complejo proceso de integración entre Estados, que se reconocen a sí mismos como democráticos. Por ello un Estado no puede entrar en la Unión si no alcanza un “umbral mínimo” de calidad democrática (como le pasó a España antes de 1978), y si pierde o pone en peligro ese umbral puede ser objeto de diversas medidas o sanciones por parte de la Unión. En estas premisas se asienta un principio de confianza mutua, que presupone que cada Estado reconoce a los demás su carácter democrático y su condición respetuosa con los derechos fundamentales, y no cuestiona estos parámetros. Además, y como es sabido, uno de los grandes objetivos de la Unión es la eliminación de las fronteras internas y la libre circulación de personas. Teniendo en cuenta estos dos parámetros, y considerando que esa libre circulación es en principio predicable también de delincuentes o presuntos delincuentes, se hizo necesario establecer un mecanismo que facilitase una entrega inmediata y ágil entre Estados, de aquellos ciudadanos perseguidos por la comisión de delitos en uno de ellos, que se han trasladado a otro. Fue así como nació la orden europea de detención y entrega, que trataba de superar los complejos y a veces lentos procesos de extradición que existen en general entre los Estados que no comparten ese proceso de integración.

 

            Creo que basta lo anterior para señalar que el hecho de que un prófugo de la justicia en España, al que se le imputan graves hechos por los que otras personas han sido condenadas por sedición y malversación, campe prácticamente a sus anchas por el territorio de la Unión durante cuatro años, no solo es una anomalía y una afrenta a España, sino que supone también un torpedo que se ha disparado directamente contra la línea de flotación de la propia Unión. Podría explicar a mis lectores que las cosas son algo más complejas, porque la euroorden no siempre (dependiendo de los delitos) es tan automática, porque este ciudadano adquirió posteriormente la condición de eurodiputado, y aunque el Parlamento, con buen criterio, levantó después su inmunidad, ahora la última  palabra la tiene el Tribunal de Justicia, y por otra serie de factores. Pero la verdad, casi siempre que hay que acudir a la manida idea de “no es lo que parece, puedo explicarlo” es que se trata de algo muy difícil de explicar. Y probablemente, más allá de argumentos estrictamente jurídicos, la actitud de poca lealtad a ese principio por parte de algunos jueces pueda influir también en que se haya generado esta lamentable situación, que tampoco parece molestar en absoluto a nuestro Gobierno. Solo queda esperar que esta situación acabe de una vez, con la aplicación práctica de los principios que sirven de sustento a la propia Unión. Pero eso no se ve demasiado cerca…


(Fuente de las imágenes: http://www.realinstitutoelcano.org/wps/portal/rielcano_es/contenido?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/elcano/elcano_es/zonas_es/beaune-europa-mas-alla-de-la-covid-19 )

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