miércoles, 22 de marzo de 2017

El guion

El guion




            La Ortografía de la lengua española, de 2010, se refiere a “la naturaleza en cierto modo dual del guion, que une a la vez que separa”. Ello posibilita que, junto a la forma univerbal como “escritura prototípica de palabras compuestas” (agridulce, sordomudo…), y junto a la existencia  de “unidades léxicas pluriverbales constituidas por varias palabras gráficamente independientes” (año luz, ciencia ficción…), exista la posibilidad de usar el guion para formar algunos compuestos, “en los que se unen dos palabras entre las que se establece un estrecho vínculo semántico, a la vez que conservan cierta independencia referencial”. Probablemente por esta razón, oficialmente debe escribirse “Castilla-La Mancha”, pero en cambio “Castilla y León”. Todo tiene su porqué, aunque con a veces podemos leer errores como “Castilla-León” o “Castilla La Mancha”. De hecho, me consta que en una de aquellas series de monedas de 25 pesetas dedicadas a las Comunidades Autónomas, por error se acuñaron algunos ejemplares con la leyenda “Castilla-León”, que fueron retirados antes de entrar en circulación, aunque hoy son muy valorados por los numismáticos. También encontramos casos en los que la Constitución no concuerda con el Diccionario, o el Diccionario no concuerda con la Constitución. ¿A quién hacer caso? Un buen ejemplo es el relativo a la legislación de urgencia que puede aprobar el Gobierno, denominada por la Constitución “Decreto-ley”, y por la Academia “decreto ley”. Las Directrices de técnica normativa de 2005, acaso mediando entre ambas opciones, se refieren a “real decreto-ley”, en minúscula como sugiere la Academia, pero con el guion que utiliza la Constitución; aunque por otro lado imponen en general el seguimiento de las normas gramaticales y ortográficas de la Real Academia Española.


            Volviendo a nuestra Comunidad Autónoma, aunque no cabe duda alguna sobre la forma correcta de escribir el nombre, volvemos a encontrar oscilaciones entre los dictados académicos y los usos normativos cuando acudimos al gentilicio, denominado “castellanomanchego” por el Diccionario, pero “castellano-manchego” en la versión vigente del Estatuto. Ya el proyecto de nuevo Estatuto aprobado hace una década se decantó por la forma compuesta univerbal y sin guion; y ya escribí en su día que me parecía una buena manera de expresar una mayor unión entre las dos partes sustantivas del compuesto. Así que creo que la reforma estatutaria que ahora se estudia volvería a ser una buena ocasión para utilizar esa forma univerbal de nuestro gentilicio. En realidad, la relación entre “Castilla” y “La Mancha” es la que existe entre el todo y una parte, pero “el todo” es más extenso y amplio que nuestra Comunidad, y “la parte” abarca solo una porción de ella. Así, aunque en principio no tendría mucho sentido una palabra compuesto del todo y la parte, en este caso no era posible quedarse solo con el nombre del todo (“Castilla”) para dar nombre preciso y exclusivo a nuestra Comunidad. Ha habido también alguna propuesta de cambiar ese nombre suprimiendo el guion, pero la argumentación que se daba (que el guion separa) no parece coherente. Solo creando una única palabra compuesta (“Castillalamancha”) podría expresarse mayor unión, pero como eso no tiene sentido alguno, en este caso suprimir el guion (“Castilla La Mancha”) implicaría una mayor separación entre los términos, y la conjunción copulativa (“Castilla y La Mancha”) no expresaría correctamente nuestra realidad. Así que está bien “Castilla-La Mancha”, pero el próximo Estatuto debería decir mejor “castellanomanchegos”.



(Fuente de las imágenes: http://www.texnia.com/raya_guion_menos.html y http://www.castillalamancha.es)

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