miércoles, 11 de marzo de 2015

A vueltas con la imagen (y II)

A vueltas con la imagen (y II)



Apuntábamos la pasada semana la insuficiencia de las garantías judiciales frente a las lesiones del derecho a la propia imagen o del derecho del autor de una creación artística consistente en una imagen. Las leyes civiles permiten una reparación económica, pero la misma no suele resultar adecuada a los casos más comunes producidos en la red entre personas más o menos anónimas. Los casos más graves pueden llegar a constituir delito, pero creo que aun así nuestra legislación sigue siendo insuficiente. Por ello hay que completar estas garantías “tradicionales” con otras más específicas y adaptadas a la situación actual, siempre sin merma de las primeras y por supuesto dentro del ordenamiento. A esta idea responden las agencias de protección de datos, algunas de las cuales actúan no solo ante vulneraciones de ese derecho, sino también de otros derechos vulnerados en internet, y con capacidad sancionatoria. Hay, además, otros mecanismos de garantía que actúan en la propia red. Así, por ejemplo, cabe denunciar cualquier abuso al responsable de una red social o de la plataforma virtual en la que se haya subido la imagen ilícita. Se puede también reclamar el cese de la vulneración del derecho ante la persona que la ha cometido, y con la misma publicidad ante sus círculos sociales. Hay que tener en cuenta que la “imagen social virtual” que los demás tienen de una persona puede preocuparle más que otro tipo de respuestas (por ejemplo, y aunque nos situemos fuera del ámbito del derecho a la propia imagen, cabe destacar la importancia que tiene la valoración que los compradores hacen de los vendedores, y a la inversa, en las compras “on line”). 




Con todo, creo que lo más importante es que todo usuario tenga conocimiento de lo que puede hacer y lo que no, y actúe con responsabilidad. La mejor garantía para nuestros derechos es que valoremos cuánto queremos exponerlos o renunciar a su ejercicio. Procuremos además no lesionar los derechos de otros. Para que internet sea un mundo un poco más civilizado: si queremos dar cierta publicidad a nuestra imagen, o a las fotos que hacemos como autores, adelante, pero valoremos el modo y las consecuencias, y en su caso explicitemos los permisos que damos a terceros; no subamos imágenes propias que no queramos que sean reproducidas o publicadas; vigilemos nuestra configuración de privacidad y adaptémosla a nuestras preferencias; no copiemos fotos de otros autores más allá del ámbito para el que la reproducción ha sido explícita o implícitamente autorizada; citemos siempre al autor de una fotografía si la copiamos. Y si hacemos fotos de otras personas anónimas, salvo que se deduzca la publicidad claramente del contexto o de la escena, pidamos permiso previamente (en muchos lugares del mundo, a nadie le importa que le tomen una foto… a cambio de una propina; y una vez tomada la foto, prefieren la propina a que el autor la borre de la cámara). Analicemos el contexto tanto de la captura como de la publicación que queremos hacer de la misma. En suma: responsabilidad y sentido común.    

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