miércoles, 2 de abril de 2014

¿Nos lo podemos saltar?

¿Nos lo podemos saltar?
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            La reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad de la llamada “declaración soberanista” del Parlamento de Cataluña, si bien puede tener puntos discutibles política o jurídicamente, como toda sentencia, tiene a mi juicio la virtualidad de dejar claros dos puntos realmente importantes: uno, no por obvio menos necesario de afirmar, que Cataluña carece de soberanía en nuestro sistema constitucional, dado que el único soberano es el pueblo español, y por lo tanto no es admisible en términos jurídicos ninguna decisión que presuponga esa soberanía (como sería, obviamente, la declaración de independencia, consecuencia o no de una consulta); otro, igualmente interesante, que las instituciones de Cataluña, y en concreto su Parlamento que tiene iniciativa para ello, siempre pueden proponer la reforma de la Constitución, y que en tal caso el principio de lealtad constitucional obligaría a las Cortes generales a considerar la propuesta, aunque no obviamente a aprobar una reforma exactamente en ese sentido.
image            La sentencia (unida a lo que ya han señalado claramente los responsables políticos implicados) nos permite ya pronosticar con bastantes posibilidades de acierto lo que va a suceder si el proceso iniciado por las instituciones de Cataluña sigue su curso: el Congreso rechazará delegar la competencia para celebrar consultas, y si el Gobierno de Cataluña insiste en seguir el proceso y convocar la consulta prevista sobre la independencia, los sucesivos actos jurídicos, incluido si llega el caso la convocatoria, serían impugnados ante el Tribunal Constitucional y serán sin duda anulados. Por tanto, no hay a día de hoy posibilidad alguna de celebrar esa consulta de forma legal, ni de que la independencia de Cataluña pueda producirse unilateralmente dentro de nuestro ordenamiento. Por tanto, llegado el momento, el Gobierno de Cataluña tendrá que decidir si quiere seguir adelante incurriendo en manifiesta ilegalidad, o ha de buscar otras vías para conseguir sus propósitos, o bien moderar los mismos buscando alguna alternativa aceptable para todos. Lo de las “elecciones plebiscitarias” aparte de no tener ningún sentido en términos jurídicos, nos llevaría de nuevo (en caso de ganar las fuerzas políticas independentistas) al punto cero y a un reinicio de un proceso que ya sabemos claramente ilegal. Por supuesto, también el Gobierno de España puede considerar en qué términos tendría sentido plantear una reforma constitucional, no desde luego para reconocer soberanía a Cataluña, pero sí para buscar un nuevo consenso asumible por todos. Como creo que los responsables de las instituciones que existen porque están reconocidas en el ordenamiento no querrán hacer nada fuera del ordenamiento,  esa será posiblemente la salida más razonable al reto que tenemos delante. Pero para llegar a ese momento, sería muy positivo saltarse esta fase de “proceso a ninguna parte”, que probablemente solo generará nuevas tensiones y enfrentamientos.    

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