jueves, 3 de diciembre de 2015

¿Lifting o cirugía?

¿Lifting o cirugía?



No, mis estimados lectores, no es que mi afición por la estética y la cirugía haya ido más allá de lo imprescindible. Más bien, como pueden suponer, es una metáfora –que espero no resulte incorrecta o inadecuada para nadie- aplicable a la Constitución. Porque si bien cada año, desde hace ya bastantes, somos más los que venimos señalando que ha llegado el momento en que su reforma va pasando de ser conveniente a necesaria, quizá es la primera vez que esta eventualidad ha pasado de ser posible a altamente probable, para la próxima legislatura. En efecto, buena parte de los partidos políticos llevan propuestas más o menos amplias de reforma en sus programas para las próximas elecciones, y en general ya todos aceptan esa posibilidad para la próxima legislatura. Claro está que, a partir de ahí, muchas de estas propuestas parecen todavía demasiado vagas e inconcretas, y desde luego hay muy poca coincidencia sobre a qué aspectos deben abarcar, y en qué sentido deben ir la reformas. En suma, unos se conformarían con un “lifting”, que eventualmente no conlleve intervención quirúrgica, y otros preferirían una más profunda cirugía reparadora, sin olvidar que, por desgracia, algunos parecen más partidarios de aplicarle a la norma fundamental de 1978 la eutanasia, y empezar de cero un nuevo proceso constituyente que ignore incluso las reglas de reforma del texto vigente. Pero como ya he dicho muchas veces, difícilmente el consenso ha sido nunca el punto de partida, y más bien se configura como un punto de llegada, y así lo fue en los años 1977 y 1978, que dieron lugar al texto constitucional vigente.

            En cualquier caso, parece llegado el momento de ir avanzando algo en el cómo y el qué convendría reformar. Comenzando por lo primero, cuando hablo del “cómo”, no me refiero a la obviedad (aunque parece que algunos no lo consideran tal) de que habría que seguir los procedimientos previstos en los artículos 166 y siguientes de la propia norma fundamental, sino también a qué condiciones políticas serían deseables para que el nuevo texto tuviera el suficiente apoyo y legitimidad y sea capaz de generar el necesario sentimiento constitucional. Y en este aspecto, más allá de la aritmética, conviene apuntar dos ideas: la primera, que el apoyo debería ser lo suficientemente amplio como para que no quedase fuera ninguna de las fuerzas políticas mayoritarias, tanto a nivel estatal, como en lo relativo a las fuerzas de ámbito regional con mayor apoyo. Es probable que la unanimidad sea un objetivo inalcanzable, pero al menos el apoyo a cualquier reforma ha de ser muy intenso tanto en términos cuantitativos (número de diputados y senadores) como cualitativo (variedad de fuerzas políticas, y por decirlo claramente no sería idóneo, aunque sí posible, un acuerdo de solo tres fuerzas políticas aunque alcanzasen hipotéticamente los dos tercios necesarios para la reforma agravada). La segunda idea: aunque por razones muy comprensibles, en el tema de la reforma la Constitución solo concedió a las Comunidades Autónomas, a través de sus asambleas, la facultad de presentar la iniciativa, ahora no me parecería lógico un proceso en el que las Comunidades no fueran oídas de algún modo, y que al menos de forma muy mayoritaria apoyasen el texto resultante. 

 Respecto al "qué", conviene empezar a valorar cuáles podrían ser los contenidos o aspectos fundamentales que una próxima reforma constitucional habría de abarcar. Aquí, como ya se ha dicho, las alternativas propuestas son muy variadas. Yo, por ir situándome, me ubicaría en un punto intermedio entre lo que sería una mera operación cosmética, o de muy escasa incidencia de fondo, y lo que supondría “matar” a esta Constitución, que será lo que sea, pero no es ni tan vieja ni mucho menos inútil, si lo consideramos en términos comparados. El intento frustrado de la legislatura iniciada en 2004 era, después de todo, poco más que un “lifting” con intervenciones bastante superficiales (sobre todo las relativas a la mención de las Comunidades Autónomas y a la Unión Europea), pero aun así el Consejo de Estado se encargó de poner de relieve sus dificultades. Yo creo que ahora habría que ir, por muchas razones, a una cirugía más profunda, y así, además de algunos de aquellos aspectos (Senado, sucesión a la Corona, Unión Europea), habría que revisar muchos otros, y la reforma podría afectar a buena parte de los títulos de nuestra carta magna.

A título de muestra, creo que habría que considerar la reforma en materia de derechos fundamentales, para ampliar los mismos, incluyendo algunos derivados de cambios sociales y culturales o de avances científicos y tecnológicos (explicitar derechos como la intimidad informática), así como profundizar en las garantías de los derechos, especialmente de los económicos sociales y culturales. También habría que establecer nuevas firmas de participación ciudadana, y eliminar algunas restricciones o dificultades existentes en esta materia (es muy difícil plantear con éxito una iniciativa legislativa popular, el referéndum ha sido muy poco utilizado y parece bastante restringido). Hay cuestiones técnicas muy importantes que han de revisarse, como la relativa a la posición de los tratados en nuestro sistema de fuentes, y el control de las leyes y otras normas en caso de que infrinjan esos tratados. También merece la pena ver en qué conviene reformar el Tribunal Constitucional, tanto en su composición (acaso un número impar de magistrados fuese una buena idea), como en sus competencias (quizá convenga dejar el amparo en manos de los tribunales ordinarios y especializar al Constitucional en procesos de control, incluyendo en su caso control previo de Estatutos y de la reforma constitucional, aunque esto último puede hacerse por ley). Por supuesto, hay importantes aspectos orgánicos dignos de revisión, no solo el más evidente del Senado, sino acaso otros vinculados al sistema electoral, y yo de paso introduciría la limitación de los mandatos presidenciales a dos, aunque estemos en un modelo parlamentario. Y cómo no, seguro habrá que abordar la reforma de nuestro modelo territorial de Estado. Aquí las alternativas van a ser antagónicas, y cada uno tendrá su opinión. Yo ya he escrito que la mía va en la línea de profundizar en la idea de establecer distintos niveles de descentralización y reconocer singularidades. De todos modos, me interesa destacar muy claramente los límites que creo debería tener cualquier reforma: el Estado social y democrático de Derecho, la soberanía del pueblo español, la monarquía parlamentaria, los principios unidad, autonomía, y solidaridad, la dignidad y los derechos como fundamento del orden constitucional. Así la Constitución de 1978 seguirá estando viva.


 (imagen tomada de http://iescavaleri.com/const/)

No hay comentarios:

Publicar un comentario