Solución provisional
En lo jurídico, la aplicación del
que acaso se haya convertido en el más famoso precepto de la Constitución me
parece correcta. No puedo extenderme sobre la cuestión, pero aunque algunos
prestigiosos colegas plantearon algunas dudas (en particular si es posible, en
virtud de este artículo, cesar a autoridades, así como convocar elecciones),
creo que la formulación bastante general de su enunciado permite este tipo de
medidas, cuando se cumple el supuesto de hecho habilitante (lo que aquí
prácticamente nadie puede dudar) y la medida es proporcionada. La invocación
del derecho a la autonomía para exigir en todo caso la interpretación más
favorable al mismo, no me parece muy adecuada, no solo porque creo que este no
puede equipararse sin más, a estos efectos, a los derechos fundamentales del
título I, sino porque el 155, por definición, es una excepción o afectación a
este derecho, que el propio constituyente quiso incluir, situándose por cierto
en la franja más “moderada” de las alternativas conocidas en el derecho
comparado. La autonomía no se suspende, pero puede verse obviamente afectada y
reducida. Por otro lado, la necesidad de asegurar la eficacia de las
instrucciones previstas en el propio artículo justifica, en el contexto y con
los antecedentes conocidos, el cese de las autoridades que han sido apartadas. Además,
el principio de proporcionalidad implica que las medidas serán equilibradas con
la magnitud de la amenaza, y la que hemos vivido es probablemente la más
intensa que pueda imaginarse en relación con algunos principios
constitucionales, como el de unidad de la nación, fundamento de la propia norma
suprema.
En lo político, parece increíble que
Puigdemont desaprovechase la oportunidad que tuvo en bandeja el jueves 26, de
convocar elecciones, tomando la iniciativa y, de paso, resquebrajando
probablemente la unidad del llamado “bloque constitucionalista”. En cambio,
creo que Rajoy sorprendió a casi todos al día siguiente, precisamente al
convocar esas elecciones, iniciando un 155 breve, casi quirúrgico, y
prácticamente incontestado, salvo por los propios independentistas. Ninguna de
las terribles amenazas y de los profundos temores (aparentemente fundados) de
graves enfrentamientos, se cumplió. Alguien tan poco sospechoso como Iñaki
Gabilondo, ha reconocido abiertamente que sobreestimó a los independentistas, y
subestimó al presidente. Las incoherencias e inconsistencias de aquellos han
llegado a su grado máximo, hasta el punto de abandonar inmediatamente la “República
independiente”, como ha hecho Puigdemont, o aceptar participar en unas
elecciones que consideran ilegítimas. Parece que aquí ninguna de las autoridades
“se creyó” nunca la declaración unilateral, y por eso desde el primer momento
han sido (por suerte) incoherentes con esa declaración. De todos modos, es
obvio que nada está resuelto. Habrá que esperar al 21-D y ver resultados. Pero
creo que, con independencia de estos, ha quedado claro que la vía unilateral a
la independencia conduce a un callejón sin salida y es impracticable. Sería una
incoherencia más que los partidos independentistas llevasen en su programa un
nuevo referéndum o una nueva declaración de independencia, o un intento de
avanzar en medidas que ya se han demostrado impracticables. Siendo así, si tras
la aceptación de los resultados del 21-D viene una aceptación de la legalidad
constitucional como única vía para el cambio, habrá llegado el momento, sin
duda, de plantear la reforma constitucional para buscar otras opciones.
(Fuente de la imagen: http://baluartedigital.opennemas.com/articulo/separatismo/aplastante-mayoria-nuestros-lectores-quiere-aplicacion-articulo-155/20160801221620005291.html)
No hay comentarios:
Publicar un comentario