sábado, 26 de noviembre de 2022

Ciudades de Iberoamérica: Puebla

 

Ciudades de Iberoamérica: Puebla

 


            Hay en Iberoamérica, y específicamente en México, bastantes ciudades coloniales, con sus hermosas catedrales e iglesias y sus calles coquetas y coloridas. Todas tienen algo en común, como es ese estilo hispano, pero al tiempo cada una es diferente. Puebla de México, fundada como Puebla de los Ángeles y hoy oficialmente denominada Heroica Puebla de Zaragoza, es sin duda única. México es, se diga lo que se diga, un país profundamente hispano y profundamente indígena. Algunos lugares, como la vecina Cholula, sintetizan de forma magistral ambas almas. En Puebla, sin dejar de apreciarse esa mixtura que identifica al país, predomina el elemento hispano. Fundada en 1531 en un lugar estratégico en la comunicación entre el puerto de Veracruz y la ciudad de México, conserva perfectamente las huellas principales de ese pasado colonial, a las que se une desde luego su historia posterior, dando lugar a la quinta ciudad más poblada del país. Nunca utilizo estas breves columnas para intentar hacer una especie de guía histórico-artística de los lugares que visito, para lo cual, desde luego, me faltarían conocimientos y experiencia. Y ello es particularmente cierto en esta ciudad tan sumamente llena de iglesias y conventos de enorme valor. Pero sería imposible entender Puebla sin su colosal catedral, cuya portada está flanqueada por sus impresionantes torres, mientras que su crucero está coronada por una espectacular cúpula. Pero hablando de cúpulas, de alguna manera estas son protagonistas de esta ciudad, ya que cualquier panorámica muestra no pocas, que vienen a coronar las diversas iglesias y conventos. Se dice que los españoles quisieron emular la gran cantidad de templos indígenas que encontraron (construidos estos habitualmente en forma de pirámides), y que en estos valles alcanzarían una por cada día del año; sea como fuere, hoy podemos disfrutar de esta gran cantidad de iglesias que suelen mezclar diversos estilos, aunque cabe señalar el protagonismo del barroco. En el interior, a veces las iglesias nos sorprenden con la riqueza ornamental que da el uso de los hilos de oro, como por ejemplo en la espectacular capilla del Rosario. Pero más allá de toda esta riqueza, pasear por el centro de Puebla es una delicia, que permite disfrutar de sus calles y casas coloridas y generalmente muy bien cuidadas, muchas de las cuales son edificios históricos de gran valor. La ciudad ha logrado así un interesante equilibrio entre el dinamismo y la tranquilidad.


        Por supuesto, esta crónica de impresiones y sensaciones no puede terminar sin destacar el gran valor de su cerámica, llamada por su especial proceso “talavera”, y que como quizá sepan los lectores, comparte desde no hace mucho la declaración como patrimonio inmaterial de la UNESCO con Tlaxcala, y nuestras ciudades de Talavera de la Reina y Puente del Arzobispo. Y en fin, hay que mencionar al menos el enorme valor de la gastronomía poblana, uno de los emblemas de la gran gastronomía mexicana, y en la que cabe destacar el mole poblano, aunque yo debo ya añadir la recomendación del exquisito mole de cadera.

¿Politización de la justicia constitucional?

 

¿Politización de la justicia constitucional?



 

            El Tribunal Constitucional, según el diseño que realiza la Constitución española, es un órgano plenamente jurisdiccional, pero separado del poder judicial, y que actúa como supremo intérprete de la Constitución. Desde que este tipo de tribunales existen en el mundo, su relación con el poder político es inevitable, casi se podría decir que consustancial. Por un lado, lo más habitual es que en el nombramiento de sus magistrados intervengan los otros poderes el Estado, y como mínimo casi siempre el poder legislativo, que en España tiene el protagonismo al nombrar, por tres quintos, a 8 de 12 magistrados. Por otro lado, el Tribunal valora cotidianamente la constitucionalidad de la más importante obra del legislador, como es la ley. Además, conoce de conflictos de competencias y de conflictos entre poderes del Estado. Es innegable que detrás de todo conflicto constitucional hay un conflicto político, y por eso creo que era acertada la idea de Leibholz de que corresponde al Tribunal Constitucional la solución o respuesta jurídica de las controversias políticas. En este contexto, hay que asumir esas relaciones “políticas” del Tribunal Constitucional, pero creo que nunca debemos perder la aspiración de que su actuación se lleve a cabo, dentro de parámetros de estricta independencia objetiva, con fundamentos estrictamente jurídicos.

            Pero cuando se habla de politización de la justicia constitucional suele hacerse referencia a algo menos deseable, y que, aunque es verdad que siempre puede tender a producirse, debería evitarse a toda costa. El problema sería, más que politización, de “partidización” del Tribunal, o al menos del intento por parte de los principales partidos de conseguir un Tribunal afín a sus pretensiones políticas, por distintas vías, entre las que cabe destacar el nombramiento de sus magistrados mediante una dinámica que no deja de ser una perversión de lo que debería de ser el espíritu del diseño constitucional. En lugar de buscar un consenso o acuerdo amplio sobre cada uno de los magistrados nombrados, se lleva a cabo un “reparto de plazas” entre los dos partidos mayoritarios. Y aun así, muchas veces el acuerdo no es posible y la institución pasa largos períodos sin ver renovados a parte de sus miembros. De todo esto, y de muchas otras cuestiones, han hablado diversos expertos estos días en nuestra Facultad de Ciencias Jurídicas. Y aunque ha habido cierta coincidencia en que, a pesar de estas perversiones, la institución en general ha logrado preservar su independencia hasta ahora, también se ha constatado que los problemas son graves y las soluciones, muy difíciles.

jueves, 10 de noviembre de 2022

Derechos del río Tajo

 

Los derechos del río Tajo

 


            La reciente Ley 19/2022, de 30 de septiembre, para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca, que procede de una iniciativa legislativa popular, supone una novedad importante en nuestro ordenamiento jurídico, ya que es la primera vez que la protección de un espacio de valor medioambiental en España se lleva a cabo mediante este mecanismo. Como indica la Exposición de Motivos, el objeto de la norma es “otorgar personalidad jurídica al ecosistema lagunar del Mar Menor, para poder dotarlo, como sujeto de derecho, de una carta de derechos propios”. La idea es deudora de la proclamación de los “derechos de la naturaleza” que a nivel constitucional tuvo su primera plasmación en la Constitución de Ecuador de 2008, y que ha tenido traducción en el reconocimiento jurisprudencial de derechos a concretos ríos, montes, o espacios naturales en Iberoamérica y en otros lugares del mundo, como Nueva Zelanda. El concepto en sí, en parte tributario de las culturas indígenas, es en realidad “intercultural”, es decir, un híbrido entre elementos de lo que podríamos denominar “cultura occidental”, como es el reconocimiento de derechos, y otros más indígenas, como el de naturaleza, imperfecta traducción del concepto de Pacha Mama.

            Como puede suponerse, esta idea choca frontalmente con algunos paradigmas fuertemente asentados en nuestra cultura jurídica, y por eso mismo la mayoría de los juristas siguen rechazando la mera posibilidad. Yo mismo fui muy reacio a esta idea, hasta que en cierto momento, estudiando el problema más despacio, experimenté una especie de “conversión” que me ha llevado a una posición mucho más abierta y matizada. Es imposible extenderme en esta columna en argumentos, pero cabría decir que, si los derechos están de algún modo en una especie de ley natural, no se ve por qué esta no incluiría la protección de la propia naturaleza como hábitat (eco) y fuente de vida (bio); y si no dejan de ser un producto de la creación humana, pues igual que creamos los derechos humanos, podemos ahora hacerlo con los de la naturaleza. También se dice que existen otras vías que pueden alcanzar un resultado similar; pero aunque esto sea más o menos cierto, no resta el valor, emblemático y práctico, a estas proclamaciones. En fin, vamos a empezar a asistir a la proclamación de derechos de otros espacios naturales en España, y ya se ha propuesto la Albufera de Valencia; así que me permito desde ya proponer el reconocimiento de derechos a nuestro espacio más contaminado, expoliado y amenazado, como es el río Tajo, que los merece y necesita tanto o más que otros...


(FUente de la imagen: https://elpais.com/sociedad/2012/06/24/actualidad/1340562672_975397.html )