jueves, 14 de mayo de 2020

¿Puede una foto ser objetiva?

¿Puede una foto ser objetiva? 





            Tendemos a creer que la fotografía guarda una relación directa y biunívoca con la verdad, de manera que constituye un mero reflejo de esta. Pero no es así. Nunca ha sido así, y no solo desde que existe Photoshop. La relación entre fotografía y verdad es un tema recurrente y siempre presente entre los interesados en esta materia. Entre nosotros, son ya casi clásicos los trabajos de Joan Fontcuberta. Y esa relación es también particularmente intensa con lo que se solemos llamar “postverdad”: nada hay más eficaz para transmitir una idea fuerte con la que muchos empatizarán con entusiasmo, que ofrecer una imagen convenientemente “orientada” en su toma, edición o contexto. Pero, de todos modos, si la fotografía es técnicamente la captación, plasmación y “congelación” de una imagen (luz) en un soporte (negativo, papel, un sensor, un archivo…) cabría esperar que guarde cierta relación con la realidad. Por eso es frecuente entre los fotógrafos el debate sobre la conveniencia de establecer límites posibles a cualquier labor de creación y edición fotográfica. Yo creo que para responder a esta cuestión hay que distinguir: en la creación artística me parece que no debe haber esos límites, o al menos han de ser enormemente flexibles: por ejemplo, cabe toda manipulación, siempre que se advierta, explícita o implícitamente, que esta existe. Pero en la utilización de la imagen con fines informativos, sí tiene que haber límites claros en cuanto a que esta foto cumpla su función, tratando de no alterar la realidad. El problema es que, aunque esto excluiría lo que puede denominarse “manipulación”, nunca se puede evitar la subjetividad del autor. Todos sabemos que, sobre el mismo objeto y en el mismo momento y situación, cada una de las personas de un grupo captará una foto siempre diferente. Ya la mera elección del objetivo es ya una elección subjetiva, si se me permite el juego de palabras. 

            En los últimos días hemos encontrado algunos claros ejemplos de lo que digo. En primer lugar, una toma de la gente en una playa de Barcelona, en los primeros días en que se permite la salida, ha generado cierta polémica, pues la utilización de un teleobjetivo y una concreta perspectiva hacía que transmitiera una impresión de intensa cercanía entre las personas, que aparentemente quedaba desmentida con una toma cenital que mostraba las distancias “reales”. Pero en realidad el autor no alteró ni manipuló nada, simplemente captó la toma con un “objetivo” determinado -valga el doble sentido del término-. Poco después, un diario nacional ilustraba una entrevista a Isabel Díaz Ayuso con varias fotos que han generado gran cantidad de comentarios y críticas, porque aparentemente también transmiten una imagen de luto o duelo que algunos han imputado a determinadas intenciones de la modelo. Pero no, aunque la captación de la imagen de una persona depende de la idea y la voluntad de esta, y del autor, es este último quien domina la creación y el mensaje subyacente a esta. No hay ninguna manipulación en ninguno de los dos ejemplos, pero sería ingenuo ignorar que ambos responden, en su captación y en su edición, a una finalidad determinada: transmitir un mensaje, o al menos, una concreta visión de la realidad. Y esta visión solo puede ser subjetiva. Desde el punto de vista de la captación de la realidad, nada hay que objetar a estos fotógrafos (ni a los medios que transmiten estas imágenes, aunque en el segundo caso la entrevista se encabeza con un titular que sin duda busca también una finalidad muy concreta). Seguramente, tampoco hay nada que objetar a Goya cuando pintó “La familia de Carlos IV”, pero intuyo que más de uno de los retratados quedarían algo “mosqueados”…

(Fuente de las imágenes: https://elpais.com/elpais/2020/05/03/hechos/1588490150_966276.html?fbclid=IwAR1dR4IRU-CJ0A5amXYoluKTbJKDEIwO1eOrAQR3skOiAoCoyTbKzcb3ehQ  y "El Mundo", 10 de mayo de 2020). 

jueves, 7 de mayo de 2020

Sobre las prórrogas del estado de alarma

Sobre las prórrogas del estado de alarma


            No quiero resultar “monotemático”, pero el debate sobre diversos aspectos del estado de alarma plantea nuevos aspectos casi cada semana. Algunos, medios y particulares, me preguntan, y uno entiende que en parte está dentro de su función explicar, aclarar. Y desde luego, opinar, pero tratando de distinguir cada faceta. Esta semana, al hilo de la última prórroga del estado de alarma, que estuvo “en el aire” hasta casi el último día por las dudas sobre el mantenimiento de la mayoría necesaria, se han planteado diversas cuestiones.  Por un lado, el presidente del Gobierno y el líder de la oposición han mantenido en el Congreso diferentes interpretaciones sobre la duración máxima de las posibles prórrogas. El primero apuntaba que someterse cada 15 días a la aprobación del Congreso era casi un gesto de generosidad por parte del Gobierno con la propia Cámara, pues podría solicitar directamente prórrogas más amplias. En cambio, el señor Casado interpretaba que el plazo máximo de 60 días establecido constitucionalmente para el estado de excepción, debería aplicarse por analogía para el estado de alarma. La verdad es que ni la Constitución ni la Ley Orgánica 4/1981 establecen un plazo máximo para las prórrogas del estado de alarma, ni tampoco un número máximo de prórrogas. Pero hay que ser cautos con cualquier interpretación extensiva de una situación excepcional, caracterizada por las limitaciones mucho más intensas a determinados derechos. El artículo 1.2 de la Lo 4/1981 dice textualmente: “Las medidas a adoptar en los estados de alarma, excepción y sitio, así como la duración de los mismos, serán en cualquier caso las estrictamente indispensables para asegurar el restablecimiento de la normalidad. Su aplicación se realizará de forma proporcionada a las circunstancias”. 

No creo que eso suponga necesariamente la aplicación analógica de los límites temporales del estado de excepción (si el constituyente o el legislador lo hubieran querido, habrían establecido expresamente el límite temporal que procediera). Pero es verdad que cabe entender que los estados excepcionales van en cierto sentido “de menos a más”, y por ello la alarma tiene un plazo máximo inicial de 15 días, prorrogables; la excepción de 30 (prorrogables por otro plazo igual), y el sitio no tiene siquiera plazo máximo inicial. Aunque, por otro lado, podría pensarse que la menor intensidad de las medidas posibles en el estado de alarma, puede permitir una mayor prórroga. Hay pocas certezas en esto. Pero, más allá de plazos concretos de días, parece claro que, en la medida en que la situación que motivó su declaración fue necesidad de adoptar medidas estrictas para evitar el colapso de los servicios sanitarios, una vez se está superando esa situación, la prórroga va perdiendo sentido. Eso sí, yo soy coherente con lo que he venido diciendo: mientras estemos en un régimen general de prohibición de libertad de circulación, la cobertura del estado de alarma es incluso dudosa por insuficiente; con lo cual, su mantenimiento sin esa cobertura me parecería todavía más claramente ilegal. Es verdad que la intensidad del confinamiento se va atenuando y lo hará más en las próximas fases. Pero la cada vez más necesaria salida de este estado excepcional requiere, en mi opinión, y a pesar de la inequívoca cobertura que ofrecen otras leyes, una regulación de la libertad de circulación basada en un principio o criterio general diferente al actual. Hoy lo excepcional sigue siendo la libertad y la regla es todavía la prohibición, pero va llegando el momento de invertir esa regla, reconociendo la libertad de circulación como principio general, aunque limitable lo estrictamente necesario para prevenir o mitigar los contagios.

(Fuente de la imagen: https://maldita.es/maldita-te-explica/2020/05/02/solicitud-prorroga-estado-alarma-plazo-decida-gobierno-no-limite-15-dias/)

viernes, 1 de mayo de 2020

Malos tiempos para la libertad

Malos tiempos para la libertad



            El debate sobre si en España se ha producido materialmente una suspensión de la libertad de circulación, que sería impropia en un estado de alarma, siendo sin duda interesante, no debería servir para soslayar la cuestión de las intensísimas limitaciones que, merced a las medidas adoptadas en las últimas semanas, se han aplicado a una parte muy significativa de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. Desde la libertad de reunión y manifestación (acaso también materialmente suspendida), hasta la privacidad, severamente afectada por medidas como las previstas en la orden que regula la geolocalización, pasando por derechos como la libertad de empresa o el propio derecho al trabajo, sin olvidar la libertad religiosa y de culto. Respecto a este último, no deja de ser sorprendente que en una de las fases de “desescalada” se contemple algo que, teóricamente, habría sido posible durante todo el estado de alarma (el artículo 11 del Decreto 463/2020 sí permite la asistencia a lugares de culto y celebración de celebración de ceremonias civiles y religiosas, con ciertos requisitos). Del rango normativo ya ni hablamos, ya que parece que hubiera que admitir que la declaración del estado de alarma permite sin más matices utilizar cuando se quiera órdenes ministeriales para restringir derechos o alterar lo dispuesto en las leyes… y parece que esta va a ser la regla en las próximas fases, en las que las decisiones más importantes se van a adoptar por órdenes del Ministerio de Sanidad. Por supuesto, y volviendo a las restricciones en sí, es indiscutible que existe un fin lícito, o más bien constitucionalmente impuesto, para el establecimiento de estos límites, como es la protección de la vida y la salud. En cuanto a la necesidad de todas y cada una de estas medidas, el asunto sería ya más cuestionable, pues obligaría a valorar, en cada caso, la posibilidad de lograr el mismo fin con medidas menos invasivas. Y respecto a la proporcionalidad… con todo lo subjetivo que esto sea, no creo, desde luego, que pueda afirmarse sin más que esto se cumple en todos los casos.  

            Pero hay algo, a mi juicio, más grave. Las restricciones que se vienen anunciando, y en algunos casos imponiendo, a la propiedad privada (no solo afectada ya por algunas medidas, sino también amenazada desde el propio Gobierno) y a las libertades de expresión e información, no solo resultan preocupantes, sino que parecen haber perdido en muy buena medida la relación con el fin que en estos días parece dar cobertura a todo. Ayudar a las personas que no pueden pagar el alquiler o que deben por diversas circunstancias abandonar el lugar en el que podrían residir; o bien impedir la circulación de noticias falsas, son sin duda fines lícitos, pero ni se vinculan ya de forma directa con la protección de la salud, ni requieren medidas “especiales” bajo este estado de alarma ni, en modo alguno, justifican la necesidad de medidas como las que se vienen imponiendo o, mucho peor, anunciando, ya que es indudable que los mismos fines pueden conseguirse con medios menos invasivos de los derechos. Centrándome en las libertades de expresión e información, hay que decir que ya, es decir sin la aprobación de ninguna medida adicional, la única información constitucionalmente protegida es la veraz, y existen normas civiles y penales que protegen otros bienes, valores y derechos frente a los eventuales abusos de estas libertades. Pero inmediatamente hay que decir que el Tribunal Constitucional ha explicado con claridad qué significa el requisito de la veracidad, que no supone en todo caso la necesidad de una estricta y completa correlación con la verdad absoluta de unos hechos (si es que esa idea es posible), sino más bien la demostración de que se ha llevado a cabo una contrastación razonable de la noticia que se va a difundir. Y eso, pensado en su momento para los profesionales de la información, me parece que hoy, cuando cada persona es, en realidad, un medio de comunicación, es extrapolable, al menos en cierta medida, a cada ciudadano, que ha de ser responsable a la hora de contrastar aquellas informaciones que comparte, sobre todo si es imposible determinar su fuente. Pero ello no justifica en modo alguno que el Gobierno quiera identificar y controlar “bulos” impidiendo sin más la divulgación de lo que se aparte de la “verdad oficial”; ni tampoco que lo haga a través de “agencias” independientes, que son empresas privadas, pero que no pueden pasar a tener una consideración semioficial. Todo ello resultaría absolutamente peligroso y desproporcionado. La pregunta de la última encuesta del CIS sobre si se prefiere solo información “de fuentes oficiales”, o más bien que no haya límite ninguno a la libertad de expresión o a la circulación de bulos, pasará a la historia de este instituto público como ejemplo de manipulación burda y capciosa (hay, por supuesto, muchas opciones intermedias), pero está clara que trataba de “crear ambiente” para justificar estas y otras medidas. En cuanto a las inequívocas amenazas llevadas a cabo por el vicepresidente del Gobierno, en el sentido de que no habrá lugar en este país para la prensa de ultraderecha (que es, naturalmente, la que él considere tal) me parecen sencillamente inaceptables en un Estado democrático. En una sociedad democrática, hay formas y formas para impedir la circulación de bulos manifiestos e inequívocos, tomar medidas frente a quienes los propagan, o para ayudar a los ciudadanos a identificarlos. Pero yo podría dar no pocos ejemplos de las “correcciones” llevadas a cabo por alguna de esas agencias, en los que se pone de manifiesto que, con el pretexto de desvelar un bulo, se entra en un debate de ideas y opiniones, o simplemente, se entra a rebatir algo muy distinto a los bulos, como son las hipótesis. Estas, que son por cierto el primer paso de toda investigación científica, deben admitirse como tales, aunque no sean la verdad absoluta, siempre que se expresen en tal condición, y se indique la justificación o el sustento en el que se basan. Dicho sea de paso, si las hipótesis o conjeturas pueden considerarse bulos, creo que estas agencias habrían tenido bastante trabajo solo con las que han procedido del Gobierno: hace unos meses se dijo que no había apenas riesgo de contagio en España, las mascarillas eran innecesarias salvo para los que estaban infectados, y últimamente parece que los tests masivos tampoco se consideran necesarios para la famosa “desescalada”. Vaya, creo que hipótesis más fundadas han sido desmentidas no pocas veces por estas agencias. Y eso por no hablar de interpretaciones de la Constitución tan sesgadas que llevan a extraer consecuencias difícilmente defendibles, y que tampoco parecen haber sido “aclaradas”. Por último, la persecución a través de las fuerzas y cuerpos de seguridad de las opiniones que puedan generar un clima crítico con el Gobierno, en la medida en que puedan generar un “estrés social” -peligroso concepto si se utiliza para justificar severas restricciones de las libertades- es una medida que, por mucho que luego se hayan querido rectificar las palabras literales con las que fue anunciada (yo creo que lo fue en uno de los pocos ejercicios de “transparencia” respecto a lo que se está haciendo), nos puede servir como señal de hasta dónde debería llegar nuestra preocupación como ciudadanos por lo que se está tratando de hacer. Me temo que el pretexto de la pandemia se está utilizando para impedir o coartar de forma inadmisible el legítimo ejercicio, entre otros, de aquel derecho que constituye uno de los pilares esenciales de toda democracia. Y por cierto, hablando de libertad para transmitir y recibir información veraz, puedo afirmar algo que veo y escucho cada tarde/noche y que para muchos medios no parece ser noticia: hay caceroladas, bastante sonoras buena parte de los días, al menos en algunos barrios de Toledo. Serán más o menos numerosas o mayoritarias, pero creo que no es difícil contrastar que su intensidad es suficiente como para que los medios reflejen ese ejercicio de la libertad de expresión y de protesta de los ciudadanos.  

(Fuente de la imagen: https://diario16.com/libertad-2/)

jueves, 23 de abril de 2020

Morir con dignidad

Morir con dignidad



            Hace tiempo que se debate sobre si nuestro ordenamiento constitucional ampara, y sobre si se debe reconocer legislativamente, un derecho a “morir con dignidad” o “a vivir con dignidad el proceso de la muerte”. Es una expresión tan ambigua que requiere de una delimitación previa. En su día, el Tribunal Constitucional entendió -dicho en términos muy simples- que su proclamación en un Estatuto de autonomía no vulneraba la Constitución, siempre que se interpretase en el sentido de que no añade ni quita nada a lo que deriva de esta… así que seguimos más o menos como estábamos. Pero lo que hoy me interesa destacar es que el debate sobre este derecho se ha centrado, hasta ahora, en la cuestión de si se deben permitir determinadas formas de eutanasia, sobre todo en casos de especial sufrimiento o de severas limitaciones en la calidad de vida del paciente. En cuanto al dolor, es humano que nos preocupe, pero hay que asumir que forma parte de la propia vida. Por diversas razones, he tenido la oportunidad de leer no pocos documentos de voluntades anticipadas, y casi todos se centran en esa idea de evitar el dolor y preferir, llegado el caso, morir sin sufrimiento. Pero eso es algo que normalmente procurarán los médicos, aunque lamentablemente no siempre es posible. 

            Me parece importante que se dé prioridad a la voluntad del paciente, pero me quiero centrar en que existen otras manifestaciones de ese derecho, que no necesitan una regulación legal específica. La terrible pandemia que estamos afrontando nos ha llevado a ver cómo, en demasiadas ocasiones, las personas mueren solas, sin el acompañamiento de los familiares y sin asistencia espiritual. Por ello me parece tan interesante como oportuna la Declaración del Comité Español de Bioética aprobada el pasado 15 de abril, y que se centra precisamente en la importancia de reconocer esta posibilidad a todos los pacientes. El Comité (que por cierto semanas antes ya se había pronunciado en el mismo sentido que aquí apuntamos sobre lo cuestionable de criterios de priorización centrados en la esperanza de vida sin discapacidad y en el valor social https://www.bioeticaweb.com/wp-content/uploads/Informe-coronavirus-CBE-1.pdf, sobre todo puntos 9.6 y 9.7) pone ahora el énfasis en esta cuestión, y a mi juicio lo hace con una acertada perspectiva que ofrece una adecuada ponderación de los derechos constitucionales en juego: “no hay duda de que procurar el oportuno acompañamiento de un ser querido en el momento de la muerte, así como el apoyo espiritual o religioso cuando lo soliciten, es un esfuerzo a todas luces justificado y un acto superior de humanización”, y añade que, respecto a estos derechos de acompañamiento y asistencia religiosa, “debe procurarse siempre que su limitación no solo esté justificada ética y legalmente, sino que, además, no sea de tal intensidad que acabe, de facto, por convertirse en una absoluta privación. A este respecto, tanto la Constitución en su artículo 53.1 como la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional establecen que todos los derechos deben conservar, al menos, un contenido mínimo esencial, lo que en estos tiempos no parece que se esté respetando” (el texto completo de la declaración en https://www.bioeticaweb.com/informe-del-cbe-sobre-el-derecho-al-acompanamiento-y-asistencia-espiritual-pacientes-con-covid-19/?fbclid=IwAR2ZYDdByfZ0xWSHmDSNh9aiwcMoBMG4sXK4MkQWwtZ9GJn5vnyqzpaGjpE).  Me parece que poco más hay que añadir, salvo que cabe esperar que la práctica se adecue definitivamente a estos criterios, que encuentran a mi juicio sólida base constitucional en los preceptos que reconocen la dignidad de la persona (en relación con el propio artículo 15), el libre desarrollo de la personalidad o la libertad religiosa. 

(Fuente de la imagen: http://www.cronica.com.mx/notas/2017/1050807.html )

jueves, 16 de abril de 2020

Educar en tiempos revueltos

Educar en tiempos revueltos



            Esta maldita pandemia nos ha obligado, sin duda, a adoptar nuestros métodos y prácticas docentes, dando un protagonismo mayor a lo que genéricamente solemos denominar “nuevas tecnologías”. Pero ni estas acaban de llegar, ni creo que vayan a esfumarse después de esta crisis. Hace bastante tiempo que algunos (yo creo que bastantes) profesores las hemos incorporado de forma habitual a nuestra docencia. En mi caso, muy modestamente, inspirado de forma remota y adaptando de forma muy libre metodologías basadas en lo que se llama “aula invertida” utilizo hace años grabaciones de mis exposiciones como herramienta previa a la clase, lo que permite dedicar esta a otros enfoques y actividades. Leo y me inspiro ideas basadas en principios como eso que han dado en denominar con la horrorosa palabra de “gamificación”, pero mi mejor guía es y ha sido siempre la práctica docente cotidiana. Esta me enseña que es imprescindible motivar e incentivar al alumno; y esto, que se debe hacer en “tiempos normales” es especialmente importante en estas complejas circunstancias. Pero creo que lo más importante es que siempre, siempre, he tratado de no confundir medios y fines. Me parece bien utilizar cualquier metodología útil al alcance, pero sin perder nunca de vista que todas ellas deben dirigirse al fin último que es educar (aunque ahora muchos gustan de decir “formar”): transmitir conocimientos, desde luego, pero también instrumentos para razonar, interpretar la realidad y fomentar un espíritu creativo, crítico, pero también práctico a la hora de dar respuesta a los problemas. Está bien usar métodos que incentiven al alumno, pero no hay que olvidar, por ejemplo, que la memoria también es útil; o que una persona que inicia una carrera universitaria debería tener capacidad para concentrar su atención en una exposición oral durante al menos una hora, con o sin power point, y sea más o menos aburrida (además, un buen maestro sabe exponer de forma atractiva).

            En estas críticas circunstancias, creo que la previsión y el sentido común serán los mejores consejeros. Primero, alumnos y profesores no estamos enfrentados (tengo la firma convicción de que no podemos ni debemos estarlo nunca) sino en el mismo barco, bajo la dirección de los responsables académicos. Segundo, lamentablemente sabemos que esta situación no se puede equiparar a la que tendríamos en circunstancias normales, pero todos debemos hacer lo posible para que ello “se note” lo menos posible, adaptando nuestros medios para mantener los mismos objetivos y cumplir el calendario. Sin regalar nada, lo cual sería injusto; pero con la flexibilidad necesaria para adaptarnos y, sobre todo, apoyar a los que ahora sufran una mayor carencia de medios en sus casas.   

(Fuente de la imagen: https://www.deia.eus/vivir-on/cine-y-tv/2020/03/28/educacion-on-line/1027679.html )

jueves, 9 de abril de 2020

A dónde irán los besos

A dónde irán los besos


       
  Lamentablemente, vivimos una situación tan trágica que, en cierto sentido, resulta un tanto ridículo que todos los que tenemos vida y salud nos quejemos del confinamiento en el hogar, mientras algunos se dejan la piel cada día, otros ven amenazada gravemente su salud, y vemos irse en soledad a centenares de compatriotas cada día. No nos podemos quejar, y espero que esto se entienda solo en sentido figurado… Yo, la verdad, no sé si veo muy oportuno ese “Resistiré” un tanto pretencioso que escuchamos todas las tardes como fondo de nuestros aplausos, y que no parece estar dedicado a los profesionales de la sanidad, sino más bien a nosotros mismos por demostrar el enorme valor de “quedarnos en casa”. Si pudiera elegir, me quedaría con aquella letra de Víctor Manuel que decía “no soy un héroe, lo sé, es fácil como pueden ver…”. Pero bueno, yo no soy el que pone la música a las 20:00 horas en mi urbanización, y si lo fuera correría el riesgo de llevarme yo la cacerolada ese día, y sin esperar siquiera a las 21:00. 

            Dicho lo anterior, es imposible negar que a veces… sueño, dormido o despierto, que estoy en otro lugar, acaso remoto y exótico, o “simplemente” entre el mar y la montaña en mi querida Asturias. A veces me despierto y, aunque sea por un breve instante, me parece que toda esta horrible realidad es un sueño, y que no estamos confinados, y que puedo salir normalmente a dar un paseo o a hacer bicicleta o el camino de Santiago. Pero también, y lo digo con sinceridad, he soñado que saludo a amigos y amigas con abrazos y besos. Por ejemplo, esos saludos mexicanos de apretón de manos, palmada seca en la espalda y nuevo apretón de manos. Esos abrazos y besos de familiares y amigos. Incluso, a decir verdad, añoro el darle la mano a alguien por compromiso y sin ningún entusiasmo. Compruebo ahora que incluso ese contacto es parte esencial de nuestras vidas. Cómo no añorar, mucho más, el beso a mis hermanos o, por supuesto, ese beso a mi madre, ahora que cada vez que voy un rato a cuidarla he de recordarle por qué no se lo puedo dar… Y entonces me viene a la mente esa pregunta de otra preciosa canción de Víctor Manuel: “¿A dónde irán los besos que guardamos, que no damos? ¿Dónde se va ese abrazo, si no llegas nunca a darlo?”. Siempre me he considerado frío y austero en el trato, en cuanto a esas expresiones de efusividad. Claro que todo es relativo, y el carácter castellano será distante al lado del caribeño, pero quizá efusivo al lado del nórdico. El caso es que a veces, más que el ir y venir de un lugar a otro, lo que echo de menos es ese contacto que de alguna manera nos acerca y nos une a todos los seres humanos, nos iguala y nos permite expresarlo todo sin decir nada.

(Fuente de la imagen: http://joya937.mx/blogs/medicos-recomiendan-menos-whatsapp-y-mas-abrazos.html)

miércoles, 1 de abril de 2020

Obedecer, cumplir, criticar

Obedecer, cumplir, criticar… 



            La declaración del estado de alarma, y algunas de las normas que posteriormente se han aprobado, han supuesto las mayores restricciones de derechos que se conocen en nuestro período democrático, hasta el punto de que, en algún caso, algunos creemos que se llega a la suspensión. Pero como es evidente, esto lo ha acordado un Gobierno legítimo, y autorizado (en su prórroga) el Congreso de los Diputados. Y además, a pesar de todos los matices y discrepancias, todos entendemos que se busca un fin muy importante, como es salvar vidas y proteger la salud. Por todo ello, estamos obligados a obedecer y a cumplir todas y cada una de sus prescripciones. Y la inmensa mayoría de los españoles lo estamos haciendo así desde el primer día. Eso es, por encima de todo, lo que nos une: el cumplimiento colectivo de nuestras obligaciones, así como la solidaridad y el apoyo expresados cada tarde en el aplauso que, si va explícitamente dirigido a los profesionales de la sanidad, también expresa nuestra unidad como nación que sufre con los compatriotas que peor lo están pasando, y que en todo caso sacrifica una parte importante de sus derechos. 

            A partir de ahí, carecen de todo sentido, en mi opinión, las imputaciones de deslealtad o de falta de unidad que parten del Gobierno y de personas afines, y se dirigen precisamente a quienes criticamos sus actuaciones. Por no decir las críticas que hacen a la oposición por el mero hecho de no mostrar un total acuerdo con todo, a pesar de que, en contra de algunos de los socios del Gobierno, ha votado hasta ahora a favor de las medidas del Gobierno. Motivos para criticar hay demasiados: además de los estrictamente jurídicos que aquí he ido expresando, parece evidente la demora en actuar, que provocó una incidencia mucho mayor de la epidemia. Es verdad, el Gobierno no tiene la culpa de la epidemia y esta afecta a todo el mundo, pero no todos están en el segundo lugar mundial en este trágico ranking de fallecimientos, y esto no habla de una buena gestión. A ello cabe añadir el ridículo fracaso inicial en la compra de tests, que como mínimo va a suponer mucho más retraso en su difusión. Y la falta de coordinación y centralización de la gestión, que es para lo que declaró el estado de alarma, y que ha provocado que cada Comunidad Autónoma sobreviva como puede. Por no hablar de la manipulación del derecho a recibir información y de la libertad de expresión que se lleva a cabo en las permanentes intervenciones públicas de los ministros y responsables, con preguntas previamente “filtradas” a las que además no hay ninguna necesidad de responder, y sin derecho de réplica. ¿Hablan de deslealtad? Desleal sería, en mi opinión y por mantener el símil bélico tan frecuente estos días, ver cómo nuestros generales mandan a los soldados a la guerra sin armas y callar ante eso. Hay que ser leales al Estado, y también a los compatriotas que se dejan la piel y que tratan de transmitir a duras penas la lamentable situación en la que se encuentran. En este caso, criticar es incluso un deber para todo el que ve lo que está sucediendo. Y eso sin descartar el legítimo derecho a impugnar aquellas decisiones que puedan lesionar injustificadamente derechos. Pedir unidad con un Gobierno que no está gestionando bien no es pedir lealtad, sino una ciega y acrítica adhesión a esa misma mala gestión. Y eso es algo incompatible con la misma idea de democracia. De momento, parece que nos queda al menos algo de nuestra libertad de expresión. Que no nos pidan además que no la ejerzamos. 

(Fuente de la imagen: https://confilegal.com/20200317-analisis-del-real-decreto-dos-realidades-distintas-del-estado-de-alarma/)