jueves, 18 de octubre de 2018

60 años de Constitución

60 años de Constitución





            Antes de que mis lectores piensen que se me va la cabeza (o que el dedo se ha equivocado de tecla), aclaro que el título de esta semana se refiere a la Constitución francesa, y no a la española, de cuyo 40º aniversario quizá digamos algo en otro momento, procurando no cansar demasiado… El caso es que la Constitución que inauguró la V República en nuestro país vecino entró en vigor en octubre de 1958, y fue una de las referencias que pudo considerar nuestro constituyente, aunque su influencia sobre nuestro texto queda muy por detrás de la alemana (a través de la Ley Fundamental de Bonn de 1949) y de la italiana, cuya Constitución también celebra “números redondos”, ya que entró en vigor el 1 de enero de hace ahora 70 años. Sin embargo, la Constitución francesa de 1958, y quizá más aun sus 60 años de aplicación, nos ofrecen enseñanzas del mayor interés.


     
       Es un texto atípico que se preparó como reacción al fracaso de la IV República (inaugurada en la Constitución de 1946), ya que el acentuado parlamentarismo de esta última generó una notoria inestabilidad de los gobiernos, que acaso en Francia no supieron manejar con la destreza de los italianos. Nos encontramos así con la creación de un nuevo modelo, ni totalmente parlamentario ni totalmente presidencialista, un modelo mixto en el que el elemento presidencialista se acentuó muy pronto  (en 1962 una reforma introdujo la elección directa del presidente de la República), y en el que el primer ministro y su gobierno se someten a un sistema de “doble confianza” (la de la Asamblea y la del presidente), pero que ha evolucionado mucho dando lugar a períodos muy diferentes, siendo de destacar incluso la posible “cohabitación” de un presidente de la República de un signo político con un ministro de otro. La Constitución de 1958 está obsesionada por fortalecer al poder ejecutivo, introduciendo así otra novedad significativa, como es la reserva reglamentaria, que impide la regulación de ciertas materias por parte del legislador. Y en buena medida al servicio de esta se creó el Consejo Constitucional, un órgano inicialmente de cierta naturaleza política, aunque ha evolucionado hasta equipararse a la mayoría de los tribunales constitucionales. Lo cierto es que esta Constitución se diseñó de algún modo “a la medida” del general De Gaulle, pero ha evolucionado adaptándose a las circunstancias. No tiene declaración de derechos, pero ello no impide que estos estén reconocidos por el preámbulo (vigente a estos efectos) de 1946, y la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Es un buen ejemplo de que las constituciones, como las leyes, suelen ser más “listas” que quienes las hicieron, pudiendo “crecer” y desarrollarse para afrontar la mayoría de las situaciones que puedan surgir. Aunque ha habido, desde luego, varias reformas, y tampoco faltan algunas voces que hablan de una posible VI República, creo que la Constitución de 1958 goza de buena salud, ya que este texto, y su desarrollo posterior por el Consejo Constitucional, instauran un nuevo modelo de relación entre los poderes, pero heredan y enfatizan unos “valores republicanos” que están firmemente asentados en la sociedad y la cultura política francesas.

martes, 16 de octubre de 2018

El Senado y el control


El Senado y el control



            Decía Montesquieu que el poder legislativo ha de estar compuesto por dos cámaras tan separadas como lo permita la naturaleza común de sus funciones. De esta manera, quien fuera una de los primeros teóricos de la separación de poderes, justificaba esta “división interna” en el legislativo como vía para equilibrar y limitar a los propios poderes. Es claro que Montesquieu pensaba en una cámara alta nobiliaria, como es la Cámara de los Lores de los ingleses. Hoy, este tipo de cámara casi no existe en el mundo, e incluso en algunos países hay parlamentos unicamerales (y, por cierto, así son todos nuestros parlamentos autonómicos), pero una segunda cámara suele resultar muy habitual, no tanto con ese perfil estamental o nobiliario, sino representación de los territorios, frente a la “cámara baja”, heredera de la representación de las ciudades o del “tercer estado”, que representa hoy a la población. Y permanece la idea de que un legislativo dividido en dos cámaras facilita el control mutuo y el equilibrio de poderes.


            Nuestro Senado, según la Constitución, sería la cámara “de representación territorial” (artículo 69.1). Pero ya es un lugar común en la doctrina, e incluso en los ámbitos político y social, que mal puede cumplir esa finalidad con su actual composición (que mayoritariamente representa a provincias y no a comunidades autónomas) y sus funciones. De ahí que muchos vengamos defendiendo la necesidad de su reforma. Mientras ese momento llega -resultaría obvio decirlo- hay que respetar sus funciones y competencias constitucional y legalmente establecidas. Por lo demás, ha demostrado “no ser tan inútil” como parecía (si me permiten esa forma de expresarme, que resultaría abrupta en un foro más académico). Su papel en el procedimiento establecido en el artículo 155 de la Constitución es esencial, y participa en la función legislativa (aunque en una posición un tanto subordinada al Congreso) y también en la función de control, sin que en este ámbito se aprecien diferencias significativas con la cámara baja (dejo de lado la responsabilidad política, que es otra función que monopoliza el Congreso). Los artículos 109 a 111 de la Constitución regulan esta función de control. En concreto, el artículo 110.1 afirma que “Las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno” y lo más razonable es entender que esa “reclamación” conlleva una obligación por parte del miembro reclamado, ya que lo contrario sería dejar el ejercicio efectivo del control en manos del sujeto controlado. Tratar de eliminar o socavar esta función del Senado sería ignorar lo que dice la Constitución, y desequilibrar nuestro modelo de separación de poderes.

jueves, 4 de octubre de 2018

3 de octubre



3 de octubre




            Hace ahora un año, el 3 de octubre de 2017, el rey Felipe VI pronunció el que sin duda ha sido -al menos hasta el momento- el discurso más importante de su reinado. Pero, desde luego, si ese mensaje de seis minutos fue trascendental no es por su significación para la Corona, sino por sus consecuencias para España, y en concreto para Cataluña, que fue, como todo el mundo recuerda, su objeto central. Alguien ha comparado ese mensaje con el del rey Juan Carlos la noche del 23 de febrero de 1981. Dejando ahora de lado similitudes y diferencias, sí puede decirse que ambos casos el rey jugó un papel destacado (aunque desde luego, no único) en la recuperación de la legalidad constitucional, que había sido claramente quebrantada por algunos, que pusieron en jaque al propio sistema constitucional y democrático. Y también, que en ambos casos los monarcas hablaron con una contundencia inusitada. En concreto, en 2017 Felipe VI, refiriéndose a “determinadas autoridades de Cataluña” señaló su “deslealtad inadmisible hacia los poderes del Estado”, añadiendo que “han quebrantado los principios democráticos de todo Estado de Derecho y han socavado la armonía y la convivencia en la propia sociedad catalana”, para destacar a continuación su “conducta irresponsable”, todo lo cual suponía “la culminación de un inaceptable intento de apropiación de las instituciones históricas de Cataluña”. Sin embargo, concluyó con un mensaje positivo y esperanzador, señalando a todos los catalanes que todo puede defenderse por las vías constitucionales, y transmitiendo ánimo y afecto a los catalanes preocupados por las actuaciones de sus autoridades, y al conjunto de los españoles, afirmando rotundamente que superaríamos esos difíciles momentos.

            Con este discurso, el rey se mantuvo en el papel que tiene un monarca parlamentario, que se sintetiza, según célebre frase inglesa, en la idea del derecho a “ser consultado, animar y advertir”. En efecto, Felipe VI opinó, advirtió y animó. Si ese “golpe” o quebrantamiento constitucional no se consumó -ya que es obvio que la independencia de Cataluña no se ha producido por esa vía rupturista y unilateral- no fue solo por la actuación del monarca. El Gobierno, todas las fuerzas políticas que apoyaron la aplicación del artículo 155, el Tribunal Constitucional, y el poder judicial, al iniciar los correspondientes procesos penales por (presuntos todavía) delitos muy graves, jugaron cada uno su papel en ello. Y sobre todo, una vez más, el pueblo, y en este caso, sobre todo, esa parte mayoritaria del pueblo catalán que siempre ha estado a favor de la permanencia en España y en Europa. Pero esa parte de la población, seguramente reconfortada por el discurso del rey, se hizo a partir de entonces mucho más visible, demostrando que no está dispuesta a aceptar la imposición de unos pocos por encima de la propia Constitución. El mensaje de Felipe VI puso de relieve, dentro y fuera de España, que el conflicto no se produce entre España y Cataluña, sino entre catalanes que piensan de manera diferente, y entre los cuales había que evitar el enfrentamiento que algunos vienen buscando, para sustituirlo por la convivencia “en paz y en libertad”. Algunos dicen que, con este discurso, el rey se granjeó la antipatía de algunas personas en Cataluña. Si eso es cierto, es un coste asumible por el cumplimiento de su deber, y el trascendental papel jugado para defender la convivencia constitucional y democrática. Otros critican que no apeló explícitamente al diálogo. Cabría decir que dicho término podía entenderse incluido en las ideas de “entendimiento” y “concordia” a cuyo servicio se posicionó el rey. En todo caso, dijo lo que era urgente decir en ese momento, porque todo diálogo solo es posible y tiene sentido dentro de los márgenes de la Constitución (lo que, obviamente, incluye su reforma por los procedimientos previstos).  Por ello, este discurso está llamado a pasar a la historia, porque seguramente jugó un papel histórico.
(Fuente de la imagen: https://www.elconfidencial.com/espana/2017-10-03/rey-felipe-vi-hablara-21-00-sobre-situacion-cataluna_1454859/)