jueves, 15 de julio de 2021

 

TC y alarma: algunas cosillas

 




Escribí en este espacio, al poco tiempo de aprobarse el primer estado de alarma, el artículo “Cosas de juristas”, en el que destacaba los problemas de constitucionalidad que planteaban las medidas relativas a la libertad de circulación, y que a mi juicio implicaban la suspensión de dicho derecho. No voy a repetirme, y tampoco voy a comentar ahora la sentencia del Tribunal Constitucional, dado que en el momento de escribir estas líneas solo se ha publicado su fallo. Pero creo que cabe hacer algunos comentarios que podríamos denominar “colaterales”, pero que no carecen de importancia. En primer lugar, conviene apuntar que, dada la importancia del asunto, la sentencia parece llegar tarde, toda vez que ya ha terminado ese estado de alarma, y también los que vinieron posteriormente. Y el propio Tribunal, consciente de las dificultades (y consecuencias) que podría tener la reparación de los derechos vulnerados, apunta ya en el fallo a una moderación de los efectos de la sentencia, cuyo alcance conoceremos cuando se publiquen los fundamentos. Pero esta situación no deja de relacionarse con ese retraso que, aunque no haya superado -o incluso está lejos de alcanzar- al que se ha producido en otros asuntos, es a todas luces excesivo en un asunto de esta trascendencia.

 

            Por otro lado, también se viene destacando la división del Tribunal Constitucional, que ha tomado esta decisión por 6 votos frente a 5. Esta situación, si bien no es la ideal, no es insólita en el Tribunal, y no es extraña en asuntos polémicos y novedosos, como era el caso. Más me interesa destacar que, frente a lo que algunos siempre apuntan, los magistrados no se han dividido en “bloque conservador” frente a “bloque progresista”, o al menos las excepciones han sido tan significativas, notables y relevantes que impiden que pueda hablarse en propiedad de “bloques” en este caso, lo cual no deja de resultar positivo y saludable. Y es que esas etiquetas no son positivas, pero se entienden cuando parecen tener una correlación con las posturas adoptadas en el seno del Tribunal. Globalmente, no ha sido este el caso. Por último, me parece inconcebible que el sentido de la decisión, e incluso el del voto de cada magistrado, haya sido adelantado hace semanas por algún medio. No, por supuesto, por el medio en sí; sino por la circunstancia de que este acierto del medio nos hace pensar que algo no ha funcionado bien cuando esta noticia pudo conocerse con tanta antelación como para que algunos ilustres colegas tratasen a última hora de “convencer” al Tribunal de su supuesto error…


(Fuente de las imágenes: https://www.elconfidencial.com/espana/2021-06-10/el-tc-analizara-una-propuesta-que-declara-inconstitucional-el-primer-estado-de-alarma_3124712/ y https://www.noticiasdenavarra.com/actualidad/politica/2021/07/14/constitucional-tumba-medidas-duras-primer/1164626.html )

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